jueves, 4 de septiembre de 2008

Ética Empresarial: Cómo evitar el lavado de dinero

Las entidades finacieras saben que toda empresa debería enfrentar sus negocios con responsabilidad social, ello implica desarrollar sus actividades en un marco de respeto a los derechos humanos y otros valores fundamentales que garantizan en bien común.

Delitos tan graves como el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, van minando la confianza que deposita la sociedad en las organizaciones, con o sin fines de lucro y significan grandes riesgos para las instituciones.

El lavado de dinero es un proceso con el cual se trata de ocultar el origen de fondos provenientes de actividades ilícitas, y que, a su vez, intenta que estos fondos se utilicen en actividades lícitas y formales.

El lavado de dinero ocurre en todo el mundo, pero el crimen organizado se empeña en buscar áreas de menos riesgo (para ellos), que se definen por la falta de políticas y programas eficaces de prevención del lavado de dinero.

Por ello, se han firmado diversos tratados internacionales que potencian la lucha contra el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, asimismo, en muchos países se han establecido leyes que clasifican el lavado de dinero como delito y se han elaborado sistemas para detectarlo a tiempo.

Las instituciones financieras, tienen especial obligación de establecer políticas internas y programas para contribuir a la lucha contra el lavado de dinero. Se tiene conciencia de la vulnerabilidad del sector financiero frente al blanqueo de activos, por ello, las políticas y procedimientos establecidas apuntan directamente a la prevención y combate del delito.

No mantener cuentas anónimas o bajo nombres evidentemente ficticios que podrían tener relación con el lavado de dinero, sino que realizar la identificación del cliente y verificación de los datos; identificación del beneficiario final; información sobre el propósito y naturaleza de la operación comercial. Se debería guardar registro de los antecedentes por 5 años.

Reunir información suficiente sobre las instituciones financieras con que se establezca relaciones de corresponsalía bancaria, a fin de comprender cabalmente la naturaleza de sus negocios, reputación y calidad de supervisión, incluyendo si ha sido sujeto de investigación por lavado de dinero.

Si una institución financiera sospecha que ciertos fondos provienen del lavado de dinero, debe informar a la Unidad de Análisis Financiero o autoridades correspondientes.


Muchos casos de lavado de dinero se han detectado a partir de la denuncia de la operación sospechosa, por lo que es fundamental prestar especial atención a las señales que alertan sobre operaciones sospechosas de relación con el lavado de dinero. Poniendo especial cuidado en la detección de las operaciones sospechosas, contando con un Oficial de Cumplimiento. Dicho encargado tiene la labor de denunciar las operaciones sospechosas detectadas a la Unidad de Análisis Financiero UAF.

SEÑALES DE ALERTA Y OPERACIÓN SOSPECHOSA.
En el sector financiero se tiene conocimiento de que existen Señales de Alerta que nos podrían conducir a detectar una Operación Sospechosa de lavado de dinero. Estas señales son comportamientos de clientes o ciertas características de las operaciones financieras, ya sea por la forma inusual en la que se realiza, en relación a un comportamiento habitual y/o esperable del cliente, o bien de la naturaleza misma o de las características propias de la operación.
Una operación sospechosa es: todo acto, operación o transacción que de acuerdo con los usos y costumbres de la actividad de que se trate, resulte inusual o carente de justificación económica o jurídica aparente, sea que se realice en forma aislada o reiterada. Contar una adecuada política de “Conocimiento del Cliente” permite determinar un marco de comportamiento normal que servirá de referencia en la detección de aquello que se considere sospechoso.

Toda empresa financiera debe proceder acorde con la obligación de informar sobre las operaciones sospechosas de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, lo que evita caer en errores por ceguera voluntaria o deliberadamente ciegos, por lo cual la empresa o el Ejecutivo responsable pudiese ser acusado y procesado por complicidad en lavado de dinero.

Algunas señales de alerta de lavado de dinero directamente relacionadas con el negocio de las entidades financieras:

Se sabe de que existen algunas señales que alteran sobre situaciones relacionadas con el comportamiento del cliente:

Cuando un cliente, al momento de realizar una operación o transacción, se rehúsa o evita entregar información relacionada con su actividad, acreencias o capacidad financiera o sobre el propósito o del origen y/o destino de los fondos. O bien cuando un cliente insiste en que una operación se haga rápido, evitando trámites “burocráticos”.

Cuando las operaciones no hacen sentido con la capacidad económica y el perfil del cliente; cuando este comienza a recibir transferencias desde el exterior de elevado monto o con alta periodicidad; envía o recibe frecuentes transferencias de dinero sin una justificación económica aparente.

Hay cambio repentino del comportamiento financiero de un cliente; compra y venta frecuente de montos importantes de divisas, sin el respaldo de una consecuente actividad económica; clientes que intentan realizar operaciones con dinero falso.

Empleados que se muestran reacios o impiden que sus compañeros de trabajo atiendan a determinados clientes y que tienen un estilo de vida no acorde con su remuneración

El cliente se preocupa demasiado por los controles y supervisiones sobre sus inversiones y transacciones; rehúsa o suspende una transacción cuando se le solicita información respecto al origen de los fondos o se le informa que los antecedentes serán presentados a alguna entidad supervisora o reguladora;

2. Existen señales que alteran sobre transacciones relacionadas con efectivo en cuentas a la vista (incluyendo cuentas corrientes), de ahorro u otras y en transferencias electrónicas y giros de dinero.

Existen variadas operaciones, generalmente estructuradas, para incorporar dinero en efectivo proveniente de actividades ilícitas al mercado formal e incluyen combinaciones de las siguientes señales de alerta:

Cambio de grandes cantidades de dinero en billetes de baja denominación por billetes de alta denominación; uso de grandes volúmenes de efectivo en billetes de baja denominación para operaciones comerciales “normales”.

Transferencias de dinero desde y hacia el exterior con instrucciones de pago en efectivo; transferencias a la cuenta de un cliente desde países considerados riesgosos y donde el cliente no tiene actividades comerciales que respalden dichos flujos; transferencia electrónica pagada con múltiples cheques bancarios u otros instrumentos de pago (posiblemente girados por montos bajo el umbral de registro); envío o transferencia de fondos, utilizando divisas en montos bajo los umbrales de registro o numerosos cheques bancarios o viajeros.

3. existen señales de alerta relacionadas con empresas que realizan cambios de divisas.

Dentro de aquellas señales de alerta aplicables a las empresas que realizan cambios de divisas descritas en el punto anterior existen ciertas señales específicas:

Reiteradas solicitudes de cambio de divisas, por montos levemente inferiores al umbral de registro, en poco tiempo o en diferentes sucursales; compra de elevados montos de dinero en moneda extranjera o compra de un tipo de divisas con alguna otra moneda extranjera; cambio inusual de grandes cantidades de divisas en efectivo de baja denominación por billetes de la misma moneda pero de alta denominación.

Cliente con transacciones en divisas por montos exactamente bajo el umbral de registro o con incremento repentino de las operaciones de compra y venta de divisas.

Transacciones en efectivo de alto valor pagadas con divisas de muy alta denominación que no guardan relación (en cantidad y denominación) con las divisas en efectivo que ingresan al país por el turismo.

4.- Señales de alerta relacionadas con empresas que realizan transferencias de fondos o giros de dinero.

Existen algunas señales orientadas específicamente a empresas que realizan transferencias de fondos o giros de dinero:

Transferencias de un cliente a sí mismo o a otra única persona en diferentes países y en un corto período de tiempo; transferencias realizadas a varias personas con datos en común o recepción de fondos provenientes de distintos destinatarios con datos en común (dirección, teléfono); transferencias por montos exactamente bajo el umbral de registro.

Recepción o remisión reiterada de fondos desde áreas de producción y/o tráfico ilícito de estupefacientes.

Cuando es evidente que quien aparece finalmente como remisor o beneficiario está siendo dirigido por un tercero no identificado.

El mercado financiero ha implementado procedimientos operacionales, los que apoyados por sistemas informáticos, ayudan a prevenir y detectar operaciones inusuales o sospechosas.

Toda operación que se realice en diferentes oficinas de las empresas será debidamente analizada ya que cada área cuenta con una capacitación adecuada respecto a la prevención del lavado de dinero, que incluye leyes y normas que regulan la materia.

Todo funcionario tiene obligación de participar en un curso anual de capacitación y someterse a exámenes periódicos, de conocimiento de normas y políticas internas relacionadas con la prevención de lavado de dinero y prevención al terrorismo.

Los oficiales de Cumplimiento verifican constantemente la implementación de la normativa y procedimientos; la Auditoría interna deberá corroborar el cumplimiento de lo estipulado en el manual interno de prevención contra el lavado de dinero financiamiento al terrorismo.




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